Revisar una oferta
Buscá en la oferta el CFT efectivo anual (la tasa que reúne intereses, cargos, seguros e IVA) y cargalo.
¿Qué son TNA, TEA y CFT?
Tasa nominal anual. Solo interés, sin el efecto de capitalizar. Es la más baja y la que más se ve en publicidades.
Tasa efectiva anual. Solo interés, con la capitalización incluida. La ley exige informarla (art. 36, Ley 24.240).
Costo financiero total. Una tasa que suma al interés el efecto de comisiones, cargos, seguros exigidos e IVA. No es el total en pesos que vas a devolver.
El CFT puede expresarse en forma nominal o efectiva, con o sin IVA. Para comparar, las tasas tienen que estar en la misma forma.
El CFT no se calcula sumando la TNA y los cargos: es la tasa que iguala todo lo que pagás con lo que recibís. Solo lo puede calcular quien conoce todos los costos; por eso conviene pedirlo por escrito.
Los campos con asterisco son obligatorios. No pedimos datos personales.
No sé qué tasa me mostraron
Buscá estas siglas en la pantalla, el contrato o el resumen:
- "CFTEA", "CFT efectivo" o "CFT (TEA)": CFT efectivo anual. Si aclara "con IVA" o "c/IVA", elegí Con IVA.
- "CFTNA" o "CFT nominal": CFT nominal anual. Es común en tarjetas.
- "TEA": tasa efectiva anual, solo interés.
- "TNA": tasa nominal anual, solo interés.
- "TEM" o "tasa mensual": es mensual, no anual. No la cargues acá: pedí la anual.
- "Interés del 5% por cuota" o "pagás $X por cada $1.000": no es una tasa anual. Pedí el CFT por escrito.
Ejemplo de cómo suele verse: TNA 89,00% · TEA 136,05% · CFTEA c/IVA 175,30%. En ese caso cargás 175,30 como CFT efectivo anual con IVA. (Números de ejemplo, no de una oferta real.)
Si te mostraron varias, usá el CFT efectivo con IVA: es la que mejor resume el costo.
No me informaron el CFT
La Ley de Defensa del Consumidor exige que en el crédito para consumo figuren, entre otras cosas, la tasa de interés efectiva anual y "el total de los intereses a pagar o el costo financiero total", el monto financiado, la cantidad, periodicidad y monto de los pagos y los gastos extras o seguros (art. 36, Ley 24.240). Si omiten alguno de esos datos, podés pedir la nulidad del contrato o de cláusulas; si omiten la tasa efectiva anual, los intereses se ajustan a la tasa pasiva promedio del BCRA.
Además, para bancos y demás proveedores alcanzados por las normas del BCRA, el CFT tiene que mostrarse destacado. Antes de firmar, pedilo por escrito. Podés copiar y adaptar este mensaje:
Comparar dos ofertas
Cargá lo que tengas de cada una. Solo mostramos totales cuando cargás las cuotas: no inventamos cuotas ni costos a partir de una tasa.
Con qué se compara
Dato oficial Consultamos en vivo la API del Régimen de Transparencia del BCRA cada vez que abrís el sitio. Cada entidad informa sus líneas y la fecha en que las actualizó. Lo que ves acá es exactamente lo que usa el evaluador.
Cómo calculamos esto
Qué mide cada número. Para préstamos personales, la API informa por cada línea (no por cada persona ni por cada préstamo otorgado) el CFT efectivo anual máximo y la TEA máxima. Son topes: lo más que puede cobrar esa línea. Por eso no los llamamos "costo típico". Según la normativa del BCRA, el CFT se expresa como tasa efectiva anual e incluye el IVA sobre intereses cuando quien toma el crédito es consumidor final; la API no lo aclara campo por campo.
Tarjetas. La API informa la TEA máxima de financiación de saldos. No informa CFT de tarjetas, así que para tarjetas solo comparamos TEA contra TEA.
Qué entra. Solo líneas en pesos con CFT mayor que cero. Quedan afuera, y lo contamos: líneas en UVA o dólares, registros sin CFT, registros duplicados, y registros cuyo CFT es menor que su propia TEA (es una inconsistencia: el CFT incluye la TEA, no puede ser menor).
Qué no sacamos. No descartamos ningún dato por ser muy alto o muy bajo. Los que están muy lejos del resto los marcamos como muy alejado para que los mires con cuidado. Mostramos el nombre de cada línea y sus restricciones (a quién va dirigida, dónde vale, ingreso mínimo), porque un tope bajo de una línea para jubilados o para clientes con sueldo no está disponible para cualquiera. Muchas entidades informan el territorio con un código numérico. Según el régimen informativo del BCRA son "códigos de provincia", pero el BCRA no publica la tabla de equivalencias, así que no los interpretamos: los marcamos como alcance territorial sin interpretar, sin contarlos como restricción y sin suponer que valen en todo el país (texto ordenado del régimen informativo).
Solo bancos. Se identifican por su código de entidad, según la Nómina de Entidades del BCRA (información actualizada a julio de 2026): 14 entidades públicas y 46 privadas, en total 60 bancos. Las 13 compañías financieras de esa nómina no cuentan como bancos. No usamos el nombre: hay entidades que dicen "Banco" en el nombre sin serlo. Si no hay muestra suficiente de bancos, no se completa con otras entidades.
Mediana por línea y por entidad. La "mediana de topes por línea" ordena todas las líneas; si una entidad tiene muchas líneas, pesa más. La "mediana por entidad" toma primero la mediana de cada entidad y después la mediana entre entidades. El evaluador ubica tu oferta frente a la distribución por línea y muestra las dos.
Franjas. Tu oferta queda: por debajo del tope más bajo; en el 25% más bajo; en el 50% del medio; en el 25% más alto; o por encima del tope más alto. Si hay menos de líneas de entidades comparables, no clasificamos.
Fechas. La fecha de cada línea es la última vez que la entidad modificó lo que informa. Que sea vieja no quiere decir que haya dejado de valer: puede que no haya cambiado. Por eso no la filtramos por defecto. Si querés, podés limitar la comparación a datos recientes:
Relevamientos de mercado
Relevamiento Fuera del alcance de la API
Los proveedores que no informan al Régimen de Transparencia no aparecen arriba. Para ellos no hay un dato oficial diario. El único relevamiento oficial que pudimos verificar es este, y es viejo:
BCRA, junio de 2020. Revisó 46 fintechs de préstamos con plataformas activas (sitios y apps). 11 no publicaban ningún costo. De las 35 que sí informaban o permitían deducirlo, 27 (77%) mostraban CFT de al menos 150% anual y 18 superaban el 400% anual. Midió CFT; algunas informaban CFT nominal en vez de efectivo. Ver la nota del BCRA.
Es una foto de 2020, en otro contexto de inflación y tasas. No la usamos para clasificar ofertas.
Dónde reclamar
Estas vías no son pasos obligatorios en fila: elegí según tu caso. Casi todas son gratuitas y se pueden iniciar sin abogado.
Modelo de reclamo
Completá lo que está entre corchetes. Sirve para la entidad o para Defensa del Consumidor.
Llevá esto a cualquier reclamo
- El contrato o la pantalla donde figuran las tasas y el CFT.
- Comprobantes de los pagos.
- Capturas de los mensajes de cobranza, con fecha y hora.
- Tu reclamo a la entidad, el número que te dieron y su respuesta.
Guía rápida
Cada tema enlaza a la norma o fuente oficial.
¿Qué es el CFT y qué no es?
El CFT es una tasa que representa el costo del financiamiento: incorpora el interés y el efecto de comisiones, cargos, seguros exigidos para dar el crédito y el IVA sobre intereses. Para las entidades alcanzadas por el BCRA, se expresa como tasa efectiva anual (T.O. "Tasas de interés en las operaciones de crédito", punto 3.4).
No es el total en pesos que vas a devolver, ni la TNA más los cargos sumados. Para saber cuánto pagás en pesos, multiplicá el valor de la cuota por la cantidad de cuotas y sumá lo que te cobren aparte.
BCRA — Texto ordenado "Tasas de interés en las operaciones de crédito"
¿Qué tienen que informarme antes de firmar?
En las operaciones de crédito para consumo, el art. 36 de la Ley 24.240 exige consignar de modo claro, bajo pena de nulidad, entre otros datos: el monto financiado, la tasa de interés efectiva anual, "el total de los intereses a pagar o el costo financiero total", el sistema de amortización, la cantidad, periodicidad y monto de los pagos y los gastos extras, seguros o adicionales.
Ojo con un matiz: esa ley pide el total de intereses o el CFT. La obligación de mostrar el CFT de forma destacada surge, además, de las normas del BCRA para los proveedores que alcanza. Si falta la tasa efectiva anual, la ley prevé que los intereses se ajusten a la tasa pasiva promedio que difunde el BCRA.
Caro, abusivo o usura: no es lo mismo
Caro. Es una comparación con el mercado. Que una oferta quede en la franja alta de este comparador dice eso y nada más.
Posible abuso civil. Un juez puede reducir intereses cuando la tasa o el resultado de capitalizarla "excede, sin justificación y desproporcionadamente, el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares" en el lugar donde se contrajo la obligación (art. 771, Código Civil y Comercial). Lo decide un juez en un caso concreto.
Posible delito de usura. El art. 175 bis del Código Penal exige, entre otros elementos, que alguien, "aprovechando la necesidad, la ligereza o la inexperiencia de una persona", le haga dar o prometer "intereses u otras ventajas pecuniarias evidentemente desproporcionadas con su prestación". Tiene que haber aprovechamiento de esa situación, no solo una tasa alta. Este sitio no puede decir si hay usura: si sospechás que la hay, consultá con un profesional.
¿Pueden embargarme si no pago?
Un embargo lo ordena un juez. Ni una fintech ni un estudio de cobranzas pueden embargarte por su cuenta, por mensaje o por WhatsApp.
Pero no siempre hace falta esperar a la sentencia: dentro de un juicio, el acreedor puede pedir medidas cautelares, como un embargo preventivo, antes de la sentencia e incluso antes de presentar la demanda, si cumple los requisitos que fija la ley procesal (por ejemplo, arts. 195 y 209 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; cada provincia tiene su propio código).
Cómo distinguir una amenaza de una comunicación judicial. Una notificación judicial identifica el juzgado, la secretaría y el número de expediente, y en general llega por cédula o en el sistema del poder judicial. La ley prohíbe que los reclamos extrajudiciales usen "cualquier medio que le otorgue la apariencia de reclamo judicial" (art. 8 bis, Ley 24.240). Si dudás, buscá el expediente en la consulta pública del poder judicial que se menciona o consultá a un abogado o a la defensoría oficial.
Sueldo. El salario mínimo vital es inembargable en la proporción que fija la reglamentación, salvo deudas alimentarias; lo que lo excede puede embargarse en la proporción que fija la reglamentación (arts. 120 y 147, Ley de Contrato de Trabajo). Las reglas varían según el tipo de ingreso, así que ante un embargo real consultá con un profesional.
¿Me pueden hostigar para cobrar?
Los proveedores tienen que dar un trato digno y no pueden ponerte en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias (art. 8 bis, Ley 24.240). Tampoco pueden disfrazar un reclamo extrajudicial de reclamo judicial. Esas conductas pueden dar lugar a sanciones y a una multa civil.
Guardá capturas con fecha y hora de cada llamado o mensaje. Si el trato es indigno, podés denunciarlo en Defensa del Consumidor aunque la deuda exista.
¿Puedo cancelar el préstamo antes?
Con los proveedores alcanzados por las normas de protección del BCRA (bancos, otros proveedores no financieros de crédito inscriptos, emisoras no bancarias de tarjetas, ciertos proveedores de servicios de pago), podés precancelar total o parcialmente en cualquier momento. En la precancelación total no pueden cobrarte comisión si ya pasó la cuarta parte del plazo original o 180 días corridos desde el otorgamiento, lo que sea mayor. Antes de eso puede haber una comisión: preguntá cuál.
Con otros proveedores, revisá el contrato. La API del BCRA informa, por línea, el cargo máximo por cancelación anticipada.
BCRA — Texto ordenado "Protección de los usuarios de servicios financieros" (puntos 1.1.2, 2.3.1.1 y 2.3.2.1)
¿Qué hago si ya no puedo pagar?
Contactá a la entidad antes del vencimiento y pedí por escrito una refinanciación o un plan de pago. No tomes un préstamo nuevo para tapar el anterior sin comparar su CFT. Guardá todo por escrito.
Fuentes oficiales
- Ley 24.240 de Defensa del Consumidor (arts. 8 bis y 36)
- Código Civil y Comercial (art. 771)
- Código Penal (art. 175 bis)
- Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (arts. 195 y 209)
- Ley de Contrato de Trabajo (arts. 120 y 147)
- Decreto 55/2025 (disolución del COPREC)
- BCRA — Protección de los usuarios de servicios financieros
- BCRA — Tasas de interés en las operaciones de crédito
- BCRA — Manual de la API Régimen de Transparencia v1.0
Comunidad
Estamos preparando un espacio para que cada persona pueda compartir la tasa que le ofrecieron. Todavía no está activo y no se guarda ningún dato.
Aporte comunitario Cuando esté activo, los aportes se van a mostrar separados de los datos oficiales y marcados como no verificados.